jueves, 2 de octubre de 2008

tema 21

Valores universales.

Introducción.

En este escrito que te presento hablo sobre mis conocimientos adquiridos sobre la lectura “Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano” y “ De las garantías individuales”, para esto planteo varias preguntas: ¿los valores son universales?, ¿de que trata la primera lectura?, ¿de que trata la segunda lectura?

Desarrollo.

Los valores son universales, lo que no lo es, es el pensamiento de cada una de las personas que como ya se, son diferentes y cada uno de los individuos interpreta los valores a su conveniencia. Es por eso que a la persona que se le educa, se le debe de dar una formación apegada a los valores, para que el día de mañana cuando sea grande sea un buen ciudadano y que viva armónica y pacíficamente, ya que de lo contrario los valores se convertirían en antivalores.

En la primera lectura se mencionan lo siguiente “Los representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea Nacional, comprendiendo que la ignorancia, el olivido o el desprecio de los derechos del hombre son la sola causa de la infelicidad publica y de la corrupción del gobierno” también contiene algunos derechos del pueblo de Francia, que son el derecho a ser libre sin dañar a terceras personas, los hombres ante la sociedad son exactamente iguales a cuanto derechos, los ciudadanos tienen derecho a la libertad, la propiedad, la seguridad y a la residencia. No se puede privar de la libertad a nadie. No se le puede culpar a alguien sin que se le haya dado una averiguación antes.
Faure, Christine (1996), “Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano”, en Las declaraciones de los derechos el hombre de 1789, Diana Sánchez y José Luís Núñez Herrejon (trads.), México, Comisión Nacional de Derechos Humanos/FCE (Política y Derecho), pp. 11.

En la segunda lectura me menciona los derechos de los mexicanos que son: el derecho a recibir una educación laica y gratuita, el derecho de tener un nombre propio, derecho a la libertad sin perjudicar a otros, el derecho a tener cualquier creencia religiosa, el derecho de tener una propiedad, a que todos somos iguales ante la ley, a que a nadie se le puede privar de la libertad, a que antes de sentenciar a alguien se tiene que investigar antes de acusarlo.

Conclusión.

Dejo en claro de que los valores son universales, lo que no lo es, es la forma de utilizarlos de cada uno de nosotros y que entre los derechos del pueblo Francés y el pueblo mexicano hay similitud de se ellos.

Bibliografía.

Faure, Christine (1996), “Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano”, en Las declaraciones de los derechos el hombre de 1789, Diana Sánchez y José Luís Núñez Herrejon (trads.), México, Comisión Nacional de Derechos Humanos/FCE (Política y Derecho), pp. 11-12


H. Congreso de la Unión (1998), “De las garantías individuales”, en Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, 123ª ed., México, Porrua (Leyes y códigos de México), pp. 7-36.

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